Jueves, 28 de Marzo 2024
México | Aprueba el procedimiento para denunciar a los sujetos que no incorporen obligaciones

El INAI fija reglas para denunciar incumplimientos de transparencia

Aprueba el procedimiento para denunciar a los sujetos que no incorporen las obligaciones de ley

Por: NTX

Los lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. NTX / ARCHIVO

Los lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (06/NOV/2016).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó el procedimiento para denunciar a los sujetos que no hayan incorporado en sus portales electrónicos sus obligaciones de transparencia.

El organismo precisó en un comunicado que esas obligaciones de transparencia son las previstas en los artículos 70 al 83 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 69 a 76 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

De acuerdo con el documento aprobado y cuyos lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el procedimiento de la denuncia se integrará por cuatro etapas.

Detalló que esas fases son: presentación de la queja ante el INAI; la solicitud por parte del instituto al sujeto obligado de un informe justificado respecto a los hechos o motivos de la denuncia; resolución de la denuncia, y ejecución de la resolución de la denuncia.

Las quejas se interpondrán a través de la Plataforma Nacional de Transparencia al correo electrónico denuncia@inai.org.mx; o bien, con la presentación física de la denuncia ante la Oficialía de Partes del INAI, ubicada en Insurgentes Sur 3211, colonia Insurgentes Cuicuilco, delegación Coyoacán.

Los particulares contarán con la asesoría telefónica del Centro de Atención a la Sociedad del instituto (CAS), cuyo número es 01 800 385 4324, en un horario de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y los viernes de 09:00 a 15:00 horas.

El INAI agregó que la Coordinación de Acceso a la Información turnará la queja a la Dirección General de Enlace competente a más tardar al día hábil siguiente a la recepción.

En caso de que la Dirección General de Enlace prevenga al denunciante, éste contará con tres días hábiles para que subsane los requerimientos de esta área.

Una vez que se lleve a cabo todo el proceso de revisión y en caso de que el sujeto obligado incumpla con los compromisos, se elaborará una propuesta de medidas de apremio o sanciones que resulten procedentes.

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