Jueves, 28 de Marzo 2024
México | Los magistrados dieron parcialmente la razón a los quejosos

Senado, omiso en segunda vuelta y revocación: TEPJF

Los magistrados dieron parcialmente la razón a los quejosos, diputados locales del Partido Sinaloense, que señalaron la omisión

Por: SUN

El dictamen corresponde a las comisiones unidas, la cual tiene seis asuntos pendientes por resolver. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El dictamen corresponde a las comisiones unidas, la cual tiene seis asuntos pendientes por resolver. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (12/OCT/2016).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el Senado de la República ha sido omiso al no dictaminar, desde dos años, la iniciativa ciudadana de reformas constitucionales para hacer posible la segunda vuelta electoral y la revocación de mandato.

Al resolver hoy un juicio ciudadano contra la omisión de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación, y de Estudios Legislativos del Senado por no dictaminar reformas y adiciones a siete artículos de la Constitución, los magistrados dieron parcialmente la razón a los quejosos, diputados locales del Partido Sinaloense, quienes acusaron la omisión.

Sin embargo, los magistrados consideraron que los legisladores federales no han incurrido en negligencia, pues se trata de una reforma constitucional en temas sensibles cuyo dictamen corresponde a las comisiones unidas, misma que tiene otros seis asuntos pendientes de dictaminar y relacionados con la propuesta.

“En las propias disposiciones reglamentarias del Senado se establece una salvedad al plazo para dictaminar las iniciativas cuando la trascendencia o la complejidad de la iniciativa o proyecto así lo justifiquen, aunado a que en la especie se trata de una reforma constitucional en temas sensibles y de gran trascendencia, cuyo dictamen corresponde a Comisiones Unidas y existen otras seis iniciativas relacionadas, algunas posteriores a la de los actores.

“Por lo anterior, se propone tener por acreditada la omisión alegada para el efecto de que la iniciativa siga su trámite y discusión de conformidad con el procedimiento legislativo”, se estableció en la sentencia aprobada por los magistrados.

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