Viernes, 26 de Abril 2024
México | Pablo Escudero calificó de irresponsable la divulgación de información

Senador del PVEM pide investigar a titular de Fepade

Pablo Escudero calificó de irresponsable la actuación de la Fiscalía al divulgar la información

Por: SUN

El legislador lamentó que Santiago Nieto haya violado los derechos humanos de Escobar. NTX / ARCHIVO

El legislador lamentó que Santiago Nieto haya violado los derechos humanos de Escobar. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (29/NOV/2015).- El senador del Partido Verde Ecologista de México ( PVEM), Pablo Escudero, calificó de “irresponsable” la actuación de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), al divulgar la solicitud de orden de aprehensión contra su compañero Arturo Escobar, actualmente separado de su cargo como subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de Gobernación.

"El comportamiento de Santiago Nieto nos hace pensar que actuó buscando un minuto de fama sin importarle la ley o que obedece a intereses de partido”.

Escudero señaló que nadie puede aprobar por ningún motivo que se “procure la justicia” violando la constitución las leyes y el debido proceso, por lo que señaló que la Visitaduría de la PGR está obligada a iniciar una carpeta de investigación o averiguación previa en contra de Santiago Nieto.

El presidente de la Comisión Anticorrupción y Participación Ciudadana del Senado, lamentó que Santiago Nieto Castillo, titular de la Fepade, haya incurrido en una clara violación a los derechos humanos de Escobar.

Advirtió que, en su calidad de servidor público, Santiago Nieto debe ser investigado por la presunción de haber cometido delitos contra la administración de justicia, conforme a lo dispuesto por el artículo 225 del Código Penal Federal, tras dar a conocer información confidencial, obstaculizar la investigación y entorpecer la administración de la justicia.

El legislador federal indicó que fue transgredido el debido proceso y la presunción de inocencia de Escobar, señalados en el artículo 20 Constitucional, así como en los artículos 12, 13 y 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

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