Jueves, 18 de Abril 2024
México | El Consejo confirma la absolución de José Manuel Sáiz Pineda del crimen de peculado

No se acreditaron delitos contra ex tesorero de Granier: CJF

El Consejo confirma la absolución de José Manuel Sáiz Pineda del crimen de peculado

Por: SUN

Las partes interesadas cuentan con cinco días para apelar la sentencia dictada a favor de Sáiz Pineda. NTX / ARCHIVO

Las partes interesadas cuentan con cinco días para apelar la sentencia dictada a favor de Sáiz Pineda. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (01/OCT/2015).- El Consejo de la Judicatura Federal ( CJF) confirmó que un juzgado determinó absolver de los delitos de peculado y de operaciones con recursos de procedencia ilícita, a José Manuel Sáiz Pineda, ex tesorero del ex gobernador de Tabasco, Andrés Granier Melo, por lo que ordenó su inmediata libertad exclusivamente en la causa penal que sigue estos delitos.

El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tabasco informó que, dentro de la causa penal 53/2013, no encontró elementos configurativos de peculado en contra de Sáiz Pineda, en la modalidad de quien sin tener el carácter de servidor público federal y estando obligado legalmente a la administración de recursos públicos federales, los distraiga de su objeto y les dé una aplicación distinta a la que se destinó.

Así también para el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto y sancionado por el artículo 400 bis del Código Penal Federal, en la modalidad de al que por sí y por interpósita persona administre recursos dentro del territorio nacional, con conocimiento de que proceden del producto de una actividad ilícita, con el propósito de ocultar el origen, destino y localización de dichos recursos.

En un boletín, el CJF señaló que la resolución del tribunal se dio en virtud de que el “Agente del Ministerio Público de la Federación no acreditó con pruebas aptas y suficientes el tercer elemento del ilícito de peculado que consiste en que el sujeto activo del delito, distraiga recursos públicos federales de su objeto y les dé una aplicación distinta a la que se les destinó”.

Respecto al delito de Operaciones con recursos de procedencia ilícita, el CJF señaló que no se acreditó el segundo y tercer elemento que lo tipifica, es decir, que el activo por sí, o por interpósita persona, administre ese recurso dentro del territorio nacional y que existan indicios fundados de que los recursos administrados son provenientes de la comisión de una actividad ilícita y no puede acreditarse su legítima procedencia.

Por lo anterior resultó innecesario analizar la acreditación de los demás elementos que tipifican los referidos delitos, así como la plena responsabilidad penal del acusado.

Como consecuencia, el juzgador ordenó la inmediata libertad del Sáiz Pineda exclusivamente por lo que hace a esta causa penal.

Las partes cuentan con cinco días para apelar la sentencia.

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