Jueves, 25 de Abril 2024
México | Hay un nuevo régimen constitucional de garantía del derecho de acceso a la información

La SCJN alinea sus estructuras a la Ley de Transparencia

Hay un nuevo régimen constitucional de garantía del derecho de acceso a la información

Por: NTX

Las controversias suscitadas en la Corte sobre temas administrativos serán resueltas por el INAI. NTX / ARCHIVO

Las controversias suscitadas en la Corte sobre temas administrativos serán resueltas por el INAI. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (31/AGO/2015).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN) dio a conocer el alineamiento de sus estructuras administrativas y funcionales a las disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
 
La Secretaría Jurídica de la Presidencia de ese alto tribunal difundió en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo general de administración que estipula esta vinculación.
 
A raíz de las reformas a diversas disposiciones de la Constitución en materia de transparencia y la renovación de los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, se delinearon las bases generales para homogeneizar el ejercicio de ese derecho.
 
Para cumplir esas exigencias la Suprema Corte estableció varias estructuras administrativas y/o funcionales básicas: la Unidad de Transparencia, el Comité de Transparencia y el Comité Especializado de Ministros, que se circunscribe a atender asuntos jurisdiccionales.
 
De acuerdo a lo dispuesto en la Ley General, el Comité de Transparencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estará integrado por el secretario jurídico de la presidencia de la Suprema Corte, el secretario general de Acuerdos y el contralor.
 
El nuevo régimen constitucional de garantía del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales precisa que las controversias suscitadas en la Corte sobre temas administrativos serán resueltas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI).
 
El Comité Especializado conocerá los recursos de revisión y de reconsideración suscitados por el ejercicio del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales, en tanto que el INAI ejerza plenamente su competencia constitucional.
 
Una vez que eso suceda, el Comité Especializado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conocerá única y exclusivamente de los asuntos jurisdiccionales precisados en el artículo 195 de la Ley General.
 
Para los casos no previstos en el presente Acuerdo General, el secretario jurídico de la Presidencia será el encargado de resolver lo conducente en acuerdo con el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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