Miércoles, 24 de Abril 2024
México | Establecen que la Comisión Jurisdiccional del PAN no infló el padrón de militantes

El TEPJF valida actuación de órganos panistas

El Tribunal establece que la Comisión Jurisdiccional del PAN no infló el padrón de militantes

Por: SUN

La autoridad del PAN no está obligada a señalar por qué incluyeron a 477 mil 10 militantes en el listado nominal, resuelven. NTX / ARCHIVO

La autoridad del PAN no está obligada a señalar por qué incluyeron a 477 mil 10 militantes en el listado nominal, resuelven. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (13/AGO/2015).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF) validó la actuación de la Comisión Jurisdiccional del PAN ante la denuncia hecha por el candidato a la dirigencia nacional panista, Javier Corral, por presunto inflamiento del padrón y afiliación corporativa.

La autoridad partidaria “no estaba obligada a señalar pormenorizadamente los motivos por los que fueron incluidos los 477 mil 10 militantes que aparecen en el listado nominal, sino que en todo caso correspondió al ciudadano precisar las razones de su inconformidad”, aprobó el pleno de magistrados en su sesión de este jueves.

Corral denunció crecimiento atípico del listado panista con el que ese partido irá a elección de su nuevo presidente nacional e integrantes de Comité Ejecutivo Nacional (CEN).

Al resolver otro juicio, promovido por Francisco Santos Ávila, militante y director de afiliación del PAN en Gómez Palacio, Durango, los magistrados sí ordenaron a las autoridades panistas responder sobre la supuesta incorporación irregular de personas al padrón de ese partido.

El pleno emplazó a la Comisión de Afiliación a responder, en 24 horas, sobre los motivos de inconformidad expuestos por el denunciante, pues no lo hizo en su primera respuesta.

En ella, la Comisión no analizó individualmente los expedientes de los afiliados señalados e incluso omitió analizar si cumplían los requisitos para afiliarse, sino que se limitó a exponer de forma dogmática las facultades del Comité Estatal y del Registro de militantes, por lo que esa respuesta fue revocada y se le ordenó a emitir una nueva.

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