Jueves, 18 de Abril 2024
México | Consideran que el partido metió recursos para poder conservar el registro

El TEPJF rechaza demanda del PT para anular distritos

Consideran que el recurso del partido está diseñado con la pretensión de que cambie el resultado para conservar el registro

Por: SUN

Con la presencia de sólo cuatro de seis magistrados, éstos resolvieron 16 juicios promovidos por el PT. NTX / ARCHIVO

Con la presencia de sólo cuatro de seis magistrados, éstos resolvieron 16 juicios promovidos por el PT. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (22/JUL/2015).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la petición del PT de revocar cómputos, así como el otorgamiento de constancias de mayoría en 16 distritos electorales del país, demandas que interpuso con el fin de que una reconfiguración de votos le permita conservar su registro como partido político.

El Partido del Trabajo (PT) incluso impugnó su propio triunfo, en coalición con el PRD, en el distrito 2 de San Luis Potosí, en Soledad de Graciano Sánchez, cuya revocación pidió en aras de que, con la anulación de sufragios, en el cómputo de votación nacional efectiva su porcentaje aumente de 2.99 % a por lo menos 3%, suficiente para no perder su registro como partido político nacional.

En sesión pública, con la presencia de sólo cuatro de seis magistrados, éstos resolvieron 16 juicios promovidos por el PT.

Constancio Carrasco Daza, magistrado presidente del Tribunal, explicó que con este caso el TEPJF sentó un precedente.

Esto se debe a que tradicionalmente un recurso de reconsideración como el planteado por el PT está diseñado con la pretensión de que cambie el resultado a favor del partido impugnante.

Pero en el distrito impugnado el PT ganó y “podría perjudicar a los partidos coaligados” ese ese caso el PRD.

Pero “el partido viene a exigir tutela judicial porque tiene la pretensión que la votación válida nacional obtenida le llegue a beneficiar para preservar el 3 % de su registro”, por tanto –indicó- tenemos que darle esta posibilidad de justicia, de ahí que se aceptó la personalidad jurídica de ese partido para impugnar su propio triunfo y analizar el fondo de su demanda, aunque ésta no prosperó.

El magistrado Pedro Esteban Penagos destacó también que no obstante que el resultado de la elección le beneficia, el PT impugna el resultado de la elección.

“Pide revisar la elección no para obtener una votación favorable no para que gane la elección porque la ganó, sino para obtener otro cómputo para seguir con registro. Impugna el resultado para conservar el registro. Ahora la pretensión es la conservación del registro y no podemos negarle el acceso a la justicia”.

Los triunfos distritales confirmados por el TEPJF al resolver los juicios del PT fueron, además del de San Luis, el distrito 20 del Distrito Federal, 08 de Chihuahua; 01 y 07 de Sinaloa; 01 de Nayarit; 03 y 14 de Jalisco; 07 de Sonora y 03 de Guanajuato.

También se analizaron y confirmaron –para el caso de esta impugnación petistas- los resultados en el distrito 07 de Coahuila, 09 de Nuevo León; 02 de Querétaro; 06 de Hidalgo; 05 y 08 de Michoacán.
Ordenan más investigación

En la sesión los magistrados ordenaron investigar a fondo respecto a 13 notas publicadas en periódicos sobre el gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila, para determinar si hubo o no propaganda gubernamental irregular, como denunció el PRD.

Los magistrados ordenaron a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) que reponga el procedimiento para la debida investigación de los hechos denunciados.

En otro asunto, también confirmaron una sanción al candidato independiente Manuel Clouthier por haber omitido comprobar el origen de las aportaciones de simpatizantes que recibió como candidato independiente a diputado federal por el 05 Distrito Electoral Federal en el estado de Sinaloa.

También se revocó un acuerdo emitido por la Comisión Especial de Quejas y Denuncias de la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León, con el fin de que se otorgue la garantía de audiencia a los otrora candidatos a gobernadores Fernando Elizondo Barragán y Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, quienes fueron señalados de supuesto incumplimiento de medidas cautelares para el retiro de promocionales.

Deberán atenderse sus alegatos para resolver, dentro de un procedimiento sancionador, si hubo desacato o no.

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