Jueves, 28 de Marzo 2024
México | Dichas bases son de observancia obligatoria para los tres Poderes de la Unión

Emiten bases de aplicación de la Ley General de Transparencia

Dichas bases son de observancia obligatoria para los tres Poderes de la Unión

Por: NTX

El presente acuerdo deberá ser comunicado a sujetos obligados. TWITTER / @inaimexico

El presente acuerdo deberá ser comunicado a sujetos obligados. TWITTER / @inaimexico

CIUDAD DE MÉXICO (17/JUN/2015).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) difundió las bases de interpretación y aplicación de la ley en la materia, las cuales son de observancia obligatoria para los tres Poderes de la Unión.
 
Órganos autónomos, sindicatos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos y cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, de acuerdo con su esfera de actuación, también están obligados a acatar esta legislación.
 
Las bases interpretativas difundidas en el Diario Oficial de la Federación este miércoles, tiene como meta brindar a esos entes y personas certeza, objetividad, legalidad y seguridad jurídica sobre la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, vigente desde el 5 de mayo.
 
El ordenamiento contempla los trámites de solicitud de acceso a la información, recursos de revisión, obligaciones de transparencia, sujetos obligados, facultades del pleno y atribuciones del INAI, el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como los casos no previstos.
 
Destaca que en un plazo no mayor a seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el pleno del instituto emitirá los lineamientos necesarios para ejercer sus atribuciones.
 
Una vez emitidos, se pondrán en marcha las acciones que aseguren su operación a fin de que éstas adquieran plena vigencia después de transcurrido el periodo de un año, con base en lo establecido en los artículos 5 y 6 transitorios de la citada normativa.
 
El dictamen instruye al secretario técnico del pleno del INAI para que en coordinación con las Direcciones Generales de Coordinación y Vigilancia de la Administración Pública Federal, así como de Relaciones con Nuevos Sujetos Obligados y Asesoría y Consulta, comunique el presente acuerdo a los sujetos obligados.
 

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