Sábado, 20 de Abril 2024
México | Deberán postular a presidentas municipales a entre ocho y nueve mujeres

El TEPJF ordena paridad de género en candidaturas de Tabasco

El Tribunal resuelve que todos los partidos políticos deben postular a presidentas municipales a entre ocho y nueve mujeres

Por: SUN

El TEPJF afirma que el IEPC Tabasco debió haber verificado que los partidos políticos cumplieran con la paridad de género. NTX / ARCHIVO

El TEPJF afirma que el IEPC Tabasco debió haber verificado que los partidos políticos cumplieran con la paridad de género. NTX / ARCHIVO

VILLAHERMOSA,  TABASCO (26/ABR/2015).- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) Tabasco mediante el cual se aprobaron el pasado domingo 19 de abril las candidaturas a las 17 alcaldías y regidurías, debido a que la mayoría de los partidos políticos no cumplieron con la paridad de género.

Así, el TEPJF resolvió que todos los partidos políticos en Tabasco deben cumplir con la paridad de género y postular como candidatas a presidentas municipales a entre ocho y nueve mujeres, debido a que en el estado hay 17 ayuntamientos.

También se debe cumplir con la paridad de género para regidurías.

La resolución aprobada por unanimidad por los tres magistrados de la sala regional obliga a los institutos que no cumplieron con la paridad de género a realizar sustituciones en las candidaturas, pese a que las campañas iniciaron el pasado 20 de abril rumbo a las elecciones locales del 7 de junio en que se elegirán 17 alcaldes, regidores y 35 diputados locales.

Los recursos legales contra el acuerdo del IEPC Tabasco en el que no se respetó la paridad de género fueron presentados por las militantes del PRI Lorena Beauregard de los Santos, María del Carmen Aguilar Suárez, Eufemia López García y Cristal Ugalde Pérez, así como por el Partido Acción Nacional ( PAN), que sí cumplió con la equidad.

Las mujeres del tricolor buscaron ser candidatas a alcaldías en los procesos internos del partido, pero se eligieron a hombres, por lo que se inconformaron.

El TEPJF señaló que el IEPC Tabasco debió haber verificado que los partidos políticos cumplieran con la paridad de género, pero no lo hizo.

Por ello se le ordenó que en un plazo máximo de 48 horas analice que las solicitudes de los partidos políticos para sustitución de candidaturas a las alcaldías y regidurías cumplan con la paridad de género de forma vertical y horizontal, y posteriormente realice los registros correspondientes.

Es decir, la paridad debe ser en número e importancia de municipio con base al criterio poblacional.

El PRD, PRI y Morena postularon únicamente a una mujer cada uno para alcaldías, lo que tendrán que modificar para cumplir con la paridad.

"El TEPJF ordena cumplir con la paridad de género en Tabasco en un plazo de 48 horas. Triunfo de las mujeres", escribió Beauregard de los Santos en su cuenta de Twitter.

Celebró que "la sentencia del TEPJF Xalapa dice que la paridad de género debe darse con criterios poblacionales" y "no donde los partidos quieran".

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