Jueves, 28 de Marzo 2024
México | Los funcionarios que violen el mandato serán multados hasta con mil 500 salarios mínimo

Sancionarán a quienes incumplan con Ley de Transparencia

Los funcionarios que violen la legislación podrán ser multados hasta con mil 500 salarios mínimos

Por: SUN

Las sanciones de carácter económico no podrá ser cubiertas con recursos públicos, aclara la comisionada presidenta del IFAI. NTX / ARCHIVO

Las sanciones de carácter económico no podrá ser cubiertas con recursos públicos, aclara la comisionada presidenta del IFAI. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (21/ABR/2015).- La comisionada presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), Ximena Puente, destacó que con la nueva Ley Transparencia ahora los servidores públicos que incumplan con las obligaciones de esa norma serán sancionados hasta con mil 500 salarios mínimos e incluso podrán ser denunciados ante autoridades correspondientes.

Explicó que la Ley de 2002 establecía sólo la responsabilidad administrativa por el incumplimiento de obligaciones de transparencia, pero la nueva ley crea un capítulo de sanciones, las cuales serán valoradas y aplicadas por la Comisión de Supervisión, Vigilancia, Verificación y Sanciones.

Puente de la Mora comentó se establece que los organismos garantes podrán imponer al servidor público encargado que no cumpla con una resolución, o a los miembros de los sindicatos, partidos políticos o a la persona física o moral responsable.

Las medias de apremio -dijo- consisten en amonestación pública o multa de 150 hasta mil 500 veces el salario mínimo general vigente en el área geográfica de que se trate.

De acuerdo con el texto legal, las medidas de apremio y sanciones de carácter económico no podrán ser cubiertas con recursos públicos y serán efectivas ante el Servicio de Administración Tributaria o las Secretarías de Finanzas de las entidades federativas, destacó la comisionada presidenta del IFAI.

Ante incumplimiento por parte de partidos políticos, se dará vista al Instituto Nacional Electoral u organismos electorales de los estados.

Puente indicó que en el caso de infracciones relacionadas con fideicomisos o fondos públicos, sindicatos o personas físicas o morales que ejerzan recursos públicos o realicen autos de autoridad, la Ley prevé que se deberá dar vista al Órgano Interno de Control del sujeto obligado correspondiente.

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