Martes, 16 de Abril 2024
México | El IFAI exige a Presidencia dar a conocer el documento, tras solicitud de ciudadano

Ordenan revelar instrucción para cancelar licitación de tren

El IFAI exige a Presidencia dar a conocer el documento, tras solicitud de ciudadano

Por: SUN

La Presidencia primero se declaró incompetente y dijo que la SCT tenía la información. YOUTUBE / SCTMexico

La Presidencia primero se declaró incompetente y dijo que la SCT tenía la información. YOUTUBE / SCTMexico

CIUDAD DE MÉXICO (02/FEB/2015).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Presidencia de la República dar a conocer el documento con la instrucción que dio el Presidente Enrique Peña Nieto para la cancelación de la licitación del Tren de Alta Velocidad México-Querétaro y el fundamento legal de esa acción.

Ello luego de que el IFAI revocó la respuesta de Presidencia, que se declaró incompetente para atender la solicitud de información de un ciudadano al argumentar que quien cuenta con la información es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ( SCT).

La SCT explicó que su titular -Gerardo Ruiz Esparza- ofreció a directivos y funcionarios del gobierno de China una explicación respecto de la cancelación del fallo de la licitación del Tren de Alta Velocidad México-Querétaro y, que dicha situación, fue a propuesta del titular de la SCT

Inconforme, el ciudadano interpuso un recurso de revisión ante el IFAI, que fue turnado a ponencia la comisionada Patricia Kurczyn, en el que impugnó la incompetencia manifestada por Presidencia.

En el análisis del caso, la comisionada expuso que al realizar una búsqueda pública de información, se localizó un boletín emitido por la SCT, en el cual se señala que el Presidente Peña tomó la decisión de dejar sin efecto el fallo de la licitación del tren de alta velocidad e instruyó al titular de la secretaría reponer la convocatoria.

Destacó que los comunicados de prensa son emitidos por las unidades administrativas que están facultadas para ello y, por tanto, constituyen una declaración unilateral de la voluntad de los sujetos obligados; de este modo, presumen la existencia de la información a que aluden.

Kurczyn Villalobos expresó que, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las secretarías de Estado deben llevar a cabo el ejercicio de sus atribuciones conforme a lo dispuesto por el titular del Ejecutivo.

Además de que cada dependencia formula, en el ámbito de su competencia, los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República.

En ese sentido, advirtió que la Oficina de la Presidencia de la República, a través de la Jefatura de la Oficina de la Presidencia y la Secretaría Particular del Presidente, son las unidades administrativas competentes para conocer de lo solicitado.

Esto toda vez que esas áreas se encargan de dar puntual seguimiento a las órdenes y acuerdos que instruya el Ejecutivo Federal, así como de atender las comunicaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal al Presidente y transmitir los acuerdos e instrucciones que el mismo determine.

Al exponer el recurso, la comisionada ponente recordó que esa obra, de acuerdo con la propia SCT, tendría un costo de inversión de 37 mil 569 millones de pesos, pero debido al recorte al gasto gubernamental la obra fue suspendida.

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