Sábado, 20 de Abril 2024
México | La mayoría de las resoluciones versan sobre la protección a los derechos

La TEPJF fundamenta sentencias en instrumentos internacionales

La mayoría de las resoluciones versan sobre la protección a los derechos de los ciudadanos

Por: SUN

Se llevó a cabo la Conveción para eliminar la discriminación contra la mujer. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Se llevó a cabo la Conveción para eliminar la discriminación contra la mujer. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (27/DIC/2014).- En el último año, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) fundamentó 272 sentencias en 16 instrumentos internacionales para maximizar los derechos fundamentales en materia político-electoral, en las que el más citado fue la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Del 1 de noviembre de 2013 al 31 de octubre de 2014, el TEPJF aplicó los instrumentos internacionales en sentencias relacionadas con la libertad de expresión, protección a los derechos políticos de las mujeres, equidad en la contienda, derechos de los pueblos y comunidades indígenas, así como acceso a la justicia.

De acuerdo con un comunicado del Tribunal Electoral, del total de sentencias fundamentadas en instrumentos internacionales, 123 fueron dictadas por la Sala Superior; 79 por la Sala Regional Xalapa; 42 por la Sala Regional Guadalajara; 11 por la Sala Regional Toluca; 9 por la Sala Regional Distrito Federal y 8 por la Sala Regional Monterrey.

La mayoría de las resoluciones fundamentadas en principios de constitucionalidad y convencionalidad se relacionaron a juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano con 191, recursos de reconsideración 37, juicios de revisión constitucional 20 y recursos de apelación 16, entre otros.

Los 16 instrumentos internacionales más citados por el TEPJF fueron la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; la Declaración Universal de los Derechos Humanos de los Pueblos indígenas; y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Asimismo, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención Belém do Pará); la Observación General No. 25 del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas; y el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales.

Además de la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer; la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos de la Mujer; las Recomendaciones Generales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer; la Décima Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe (Consenso de Quito) y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer).

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