México | El Tribunal señala que ni la senadora, ni el PRI, ni concesionarios violaron la ley El TEPJF rechaza sancionar a senadora del PRI El Tribunal señala que ni la senadora, ni el PRI, ni concesionarios violaron la ley electoral Por: SUN 6 de diciembre de 2014 - 13:18 hs Al no existir ilegalidad por parte de la senadora, concluyen que no la hay tampoco por parte de cocesionarios de radio y TV. ESPECIAL / claudiapavlovich.mx CIUDAD DE MÉXICO (06/DIC/2014).- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF) determinó que la senadora y aspirante a la gubernatura de Sonora, Claudia Artemiza Pavlovich, el Partido Revolucionario Institucional ( PRI) y concesionarios de radio y televisión no violaron la ley electoral en la difusión del segundo informe de labores de la legisladora. "Es inexistente la violación objeto del Procedimiento Especial Sancionador en contra de la senadora Claudia Artemiza Pavlovich Arellano, por lo que hace a la violación relacionada con la difusión de diversos promocionales relacionados con su Segundo Informe de Gobierno en señales de radio y canales de televisión con cobertura en el Estado de Sonora", determinaron los magistrados de la Sala. En su primera sesión de la Sala Regional Especializada para resolver un procedimiento especial sancionador, los tres magistrados aprobaron por unanimidad el proyecto de sentencia que estableció que los promocionales de la senadora no tuvieron como objetivo posicionarla para acceder a un cargo de elección popular ni influir en las preferencias electorales, sino evidenciar problemas de Sonora e informar de sus gestiones en el Senado. "De esta forma, al no existir conducta ilegal por parte de la senadora es posible concluir que tampoco hay responsabilidad para los concesionarios de radio y televisión que difundieron la publicidad y la respectiva contratación de tiempos en tales medios fue apegada a derecho". La senadora fue impugnada por el priísta Rafael Briceño Cota por difusión indebida por radio y televisión por el segundo informe de actividades legislativas, que debe realizarse una vez al año. Para los tres magistrados de la Sala, la senadora cumplió con la normatividad porque presentó su primer informe en marzo y el segundo en noviembre porque se trató de periodos legislativos distintos. Asimismo, desestimaron la culpa “in vigilando” atribuida al Partido Revolucionario Institucional porque no se puede responsabilizar al partido por supuestas conductas infractoras realizadas por servidores públicos. La Sala Regional Especializada del TEPJF es la encargada de resolver los procedimientos especiales sancionadores, establecidos en la ley electoral. Temas Senado Cámara de Senadores Poder Legislativo PRI TEPJF Lee También El TEPJF desecha apelación de Esquer ante la baja de su candidatura al Senado ¿En qué consiste la propuesta para castigar el vandalismo hasta con 10 años de cárcel? En el Senado de la República se juega la importancia de Jalisco Colosio, 30 años después Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones