CIUDAD DE MÉXICO (31/DIC/2011).- El Senado analiza en comisiones la
posibilidad de expedir la Ley General para la Protección de los
Derechos Humanos
en la Ejecución de Sanciones y Medidas Penales, la cual crea la figura de los
jueces de ejecución.
Según la iniciativa, presentada por senadores del
PAN, PRI y PRD, se prevé desarrollar las bases constitucionales sobre las cuales
la Federación y los estados respetarán, protegerán y garantizarán los derechos
humanos en la ejecución de sentencias y medidas penales.
Con ella se
establecen los jueces de ejecución, 'el cual será un órgano especializado en
igualdad de condiciones que los jueces penales y percibirá similar
remuneración'.
Asimismo sus resoluciones serán vinculantes sin ninguna
posibilidad de interferencia en su ejecución, y tendrán jurisdicción para
conocer de los procedimientos seguidos en forma de juicio, medidas de apremio y
medidas cautelares.
Dichos jueces también controlarán la ejecución de la
dirección del centro de las medidas de seguridad impuestas a personas
inimputables, y autorizarán los traslados promovidos por la dirección del centro
o las personas privadas de la libertad.
Los jueces de ejecución, así como
el personal judicial acreditado que dependa de ellos, tendrán acceso absoluto a
los centros, sus registros y archivos en el cumplimiento de sus funciones, para
lo cual la dirección del centro les prestará todo el apoyo necesario.
La
iniciativa plantea que las hijas e hijos de las internas podrán permanecer con
su madre dentro del centro durante las etapas postnatal y de lactancia, o hasta
que la niña o el niño haya cumplido los seis años de edad.
También señala
que las leyes de ejecución establecerán las infracciones, sanciones y
procedimientos para imponer sanciones administrativas a las personas internas,
así como los recursos para inconformarse ante ellas.
De igual manera, la
legislación propone procedimientos judiciales para la resolución de las quejas
relacionadas con el derecho de las personas internas a condiciones
penitenciarias dignas y seguras, y la impugnación de administrativas
impuestas.