CIUDAD DE MÉXICO (20/AGO/2010).- El juez sexto de
distrito en materia de Trabajo en el Distrito Federal, negó un amparo promovido
por el Sindicato Mexicano de Electricistas (
SME), con lo que se confirma que la
Comisión Federal de Electricidad (CFE) no es patrón sustituto de los ex
trabajadores de Luz y Fuerza del Centro (
LyFC), lo cual había defendido la
organización que encabeza Martín Esparza.
De acuerdo con información de la
Secretaría del Trabajo, el amparo había sido en contra de la resolución de la
Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), que a su vez, negó el trámite
a un procedimiento de huelga que presentó el SME en contra de LyFC, el Servicio
de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) y la CFE.
Cabe recordar que
uno de los argumentos del sindicato para continuar con su demanda de
reinstalación de trabajadores es la de hacer valer la figura de patrón
sustituto, como uno de los derechos que les otorga la ley.
Sin embargo, en su
resolución, el juez de distrito consideró que ante la extinción de LyFC, ésta
desapareció de la vida jurídica y únicamente conservó su personalidad para los
efectos de su liquidación, que por ley se encuentra encomendada al SAE, pero no
por ello, este último puede ser considerado patrón sustituto de los ex
trabajadores de LyFC agremiados al SME.
Igualmente, el juzgado federal
determinó que, contrario a lo argumentado por el SME, la CFE tampoco puede ser
considerada como patrón sustituto ya que, en virtud del decreto de extinción de
LyFC, no hubo transmisión alguna de los bienes de ésta, ni se continuó
ininterrumpidamente con las actividades, por lo que no se dan los supuestos de
la Ley Federal del Trabajo ni de la jurisprudencia, para considerar que
existiera dicha figura.
En febrero de 2010 el SME presentó ante la JFCA un
pliego de peticiones con emplazamiento a huelga dirigido a LyFC, el SAE y la
CFE, a quienes les exigía la revisión del contrato colectivo de trabajo para el
periodo 2010-2012 y atribuía a las dos últimas instituciones el carácter de
patrón sustituto respecto de LyFC.
Ante el decreto de extinción referido y,
toda vez que el SME no tiene un contrato colectivo de trabajo con el SAE ni la
CFE y que esta última tiene celebrado un pacto de esa naturaleza con el
Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM)
y no con la organización de Martín Esparza, el 26 de febrero de 2010 la JFCA
negó el trámite a la solicitud de dicho sindicato para que se revisara su
contrato colectivo de trabajo.