








Los partidos necesitan cumplir con el dos por ciento de sufragios requeridos para conservar su registro. El Informador
La Suprema Corte de Justicia de la Nación eliminó el párrafo 5 del artículo 96 del Cofipe, que permitía la transferencia de votos a los partidos pequeños dentro de una coalición, para cumplir con el dos por ciento de sufragios requeridos para conservar su registro.


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