Sábado, 18 de Mayo 2024
Jalisco | IMSS

IMSS debe pagarle a madre de empleado fallecido

Condenan al IMSS a reconocer a la madre de un trabajador en activo que falleció a causa de cáncer, como beneficiaria única de los derechos laborales

Por: SUN .

IMSS: La señora, en su carácter de única beneficiaria y dependiente económica de su extinto hijo, sí tenía derecho al pago de prestaciones en dinero y especie. EL INFORMADOR / ARCHIVO

IMSS: La señora, en su carácter de única beneficiaria y dependiente económica de su extinto hijo, sí tenía derecho al pago de prestaciones en dinero y especie. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales de Jalisco condenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a reconocer a la madre de un trabajador en activo que falleció a causa de cáncer, como beneficiaria única de los derechos laborales y de seguridad que se originaron durante su vida profesional.

También, condenó al IMSS a otorgarle las prestaciones que demandó la señora y dio vista al Ministerio Público de la Federación.

Debido a que en el proceso judicial el representante legal del organismo de salud negó la relación laboral, incurriendo en la probable comisión del delito de falsedad de declaraciones judiciales, en informes dados a la autoridad y lo que resulte.

El juez de Distrito Arturo García, titular del Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales de Jalisco, con sede en Zapopan, llegó a la conclusión de su fallo al aprovechar las herramientas jurídicas que les dan las diligencias para mejor proveer.

No te pierdas: El IMSS no atiende a paciente con cáncer y ahora le regresa 261 mil pesos

Las cuales facultan a los juzgadores a recabar pruebas en atención al principio de realidad con la finalidad de esclarecer los hechos y encontrar la verdad histórica de los mismos.

Como resultado de las diligencias, el tribunal logró esclarecer la verdad de los hechos y determinó que, al momento de su fallecimiento, la persona sí tenía el carácter de trabajador activo, ya que se comprobó que sí registró su entrada y salida el 16 y 17 de julio de 2022.

Además, se descubrió la existencia de un diverso contrato de sustitución vigente del 16 al 31 de julio de 2022.

Con base en ello, el juez de Distrito determinó que la señora, en su carácter de única beneficiaria y dependiente económica de su extinto hijo, sí tenía derecho al pago de prestaciones en dinero y especie, conforme al contrato colectivo de trabajo vigente, y que, lo afirmado reiterada y continuamente por el representante legal del IMSS era falso.

El juez ordenó dar vista al agente del Ministerio Público de la Federación por la probable comisión del delito de falsedad de declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad o el que resulte, en contra del apoderado legal del instituto.

* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *

OA
 

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones