- No existe agravio o causa que permita advertir la disposición
El Tribunal Electoral confirmó la convocatoria y el método extraordinario de elección de candidato a gobernador de Jalisco
CIUDAD DE MÉXICO (17/DIC/2011).- El Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación (
TEPJF) confirmó la convocatoria y el método
extraordinario aprobado por el PAN para la elección de candidato a gobernador de
Jalisco, consistente en elección abierta.
Por unanimidad, los magistrados
de la Sala Superior resolvieron declarar inoperantes los agravios esgrimidos por
Marciana Castillo Barrios y otros ciudadanos, contra el acuerdo por el que se
establece el método extraordinario de elección de candidato a gobernador de
dicha entidad.
En su proyecto de sentencia, la magistrada María del
Carmen Alanís propuso declarar inoperantes los agravios relativos a la presunta
inconstitucionalidad de los artículos 43 del Estatuto del
PAN, así como 103 a
105 del Reglamento de Selección de Candidatos.
Lo anterior, con base en
que no existe agravio o causa que permita advertir la disposición, principio,
regla o valor constitucional a la que resultan contrarias las normas partidarias
mencionadas.
Por otra parte, Alanís Figueroa consideró también infundados
los agravios relativos a la aprobación del método extraordinario de elección de
candidato a gobernador, consistente en elección abierta.
Ello, explicó,
en virtud de que los actores parten de la premisa inexacta de que las razones
expuestas por el Comité Directivo Estatal en Jalisco, para justificar dicho
método electivo, deben encontrarse previstas en la normativa del Partido Acción
Nacional (PAN).
Sin embargo el supuesto que justificó la adopción de
dicho mecanismo electivo fue precisamente que se presentó la solicitud por parte
de ese órgano partidario, indicó.
También estimó infundados los agravios
que los actores señalan de que la determinación de adoptar el método de elección
abierta les coloca en una situación de inequidad con relación a diversos
ciudadanos que han ejercido cargos públicos.
Además resolvió declarar
fundados los agravios de que el Comité Directivo Estatal y la Comisión Electoral
Estatal del PAN en Jalisco omitieron dar respuestas a solicitudes de información
y documentación relacionadas con el proceso interno de selección de candidatos a
gobernador de Jalisco.
Por todo lo anterior, el TEPJF propuso confirmar
los actos relativos a la implementación del método extraordinario de elección de
candidato a gobernador de Jalisco, consistente en elección
abierta.
Asimismo ordenar al Comité Directivo Estatal y a la Comisión
Electoral Estatal del Partido Acción Nacional en Jalisco, entregar la
información y documentación solicitada por los actores.