- Los partidos que no alcanzaron el 3.5% de la votación en las pasadas elecciones, no pueden seguir recibiendo financiamiento público
El partido tendrá que esperar hasta que el IEPC resuelva el recurso de revisión que presentó contra su determinación por suprimirle las prerrogativas
GUADALAJARA, JALISCO.- El Tribunal Electoral del Poder
Judicial del Estado de Jalisco desechó el recurso de apelación que presentó el
Partido Socialdemócrata (
PSD), en el que había impugnado la determinación del
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (
IEPC) donde le suprime la
entrega de prerrogativas.
El magistrado presidente del tribunal, José
Guillermo Meza García, explicó que no se pudo entrar al fondo del asunto pues el
PSD interpuso también un recurso de revisión ante el propio instituto contra el
dictamen IEPC-ACG-313/09, por el que queda excluido de la repartición de
recursos.
La cuestión es que el PSD presentó su recurso de apelación ante
el tribunal sin haber esperado a conocer la resolución del recurso de revisión
tramitado ante el instituto, que sigue pendiente, así que el acuerdo del IEPC no
ha adquirido la firmeza legal necesaria.
Una vez que el recurso de
revisión ante el instituto sea resuelto, entonces sí el PSD podrá acudir al
tribunal si no está satisfecho con la determinación del IEPC.
Telón de
fondoEl PSD, y los partidos del Trabajo, Convergencia y Nueva Alianza no
alcanzaron el 3.5% de la votación de las pasadas elecciones, por lo que de
acuerdo al Código Electoral, no pueden seguir recibiendo financiamiento público
para sus actividades.
No obstante, la discusión al respecto se centra en
el debate de si el proceso electoral termina con la entrega de constancias de
mayoría a los ganadores, o hasta que se resuelvan todas las impugnaciones o
juicios de inconformidad en el tribunal estatal en la materia, hasta el 30 de
septiembre.
EL INFORMADOR / LUIS HERRERA