Jueves, 18 de Abril 2024
Economía | Quedan sin gravamen por 'su importancia en la alimentación de la población'

Dejan sin impuesto tortillas, bolillo y sopa de pasta

Estos alimentos quedaron libres de impuesto por 'su importancia en la alimentación de la población'

Por: EL INFORMADOR

Quedaron también libres del impuesto la harina de trigo, la de maíz, el nixtamal y la masa de maíz, entre otros.  /

Quedaron también libres del impuesto la harina de trigo, la de maíz, el nixtamal y la masa de maíz, entre otros. /

CIUDAD DE MÉXICO (31/DIC/2013).- Tortillas de harina y de maíz, bolillos y otros panes que no son dulces y las sopas de pasta de harina quedarán fuera del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que habría significado aplicarles el 8% extra que fue incluido en la reforma hacendaria y que sí se aplicará desde este 1 de enero a otros alimentos con alto contenido calórico.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer ayer una lista de alimentos de consumo básico que quedaron libres del IEPS, que incluye algunos productos hechos con maíz, trigo y otros cereales. Destacan las tortillas de maíz, incluso cuando están tostadas; las tortillas de harina de trigo, incluyendo las integrales; y el pan no dulce, como bolillo, birote, baguettes, chapatas y similares, incluyendo el pan de caja.

Como parte de la miscelánea fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial, Hacienda expone que dichos productos no pagarán el impuesto al considerar “su importancia en la alimentación de la población”.

El Congreso federal modificó el artículo 2 de la Ley del IEPS, con la finalidad de gravar con 8% la venta de alimentos que contengan una alta densidad calórica, como frituras, confitería, dulces y algunos alimentos preparados a base de cereales.

El Servicio de Administración Tributaría (SAT) debía publicar este año la lista de los alimentos de consumo básico libres de dicho gravamen, a pesar de que su contenido calórico fuera de 275 kilocalorías o superior por cada 100 gramos.

Por eso se incluyen también productos básicos como las pastas de harina de trigo para hacer sopa, siempre y cuando no tengan relleno, condimentos o verduras.

También quedan libres del impuesto la harina de trigo, la de maíz, el nixtamal y la masa de maíz, así como alimentos producidos a partir de cereales para lactantes y niños de corta edad, alimentos libres de azúcar hechos con otro tipo de cereales y el pan no dulce elaborado con otro tipo de cereal.

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